El decreto del gobierno de Querétaro, que prohíbe géneros musicales como los narcocorridos y corridos tumbados en eventos públicos, se presenta como una medida para proteger el orden y la paz social. Para ello, se envuelve en el manto de una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Acción de Inconstitucionalidad 194/2020, como si ésta le diera un cheque en blanco. Sin embargo, un análisis riguroso de esa misma sentencia revela que el gobierno estira el precedente hasta romperlo, y que podría estar abriendo la puerta a una forma de censura ambigua y peligrosa.

El Escudo de la Corte: Un Argumento Verdadero pero Engañoso

El gobierno estatal argumenta que la SCJN ya validó la limitación de la libertad de expresión para evitar un «ataque a la moral o perturbación del orden público». Esto es cierto, pero deliberadamente incompleto.

Lo que la Corte resolvió en la acción de inconstitucionalidad 194/2020 fue muy específico: validó la prohibición de reproducir música que promoviera la violencia en el contexto concreto y regulado del transporte público. Lo hizo porque la medida era precisa, necesaria y proporcional para ese ámbito. La Corte NO emitió una autorización abierta para prohibir géneros musicales completos en cualquier «evento público», una categoría que el decreto define de manera tan amplia que abarca desde una taqueria hasta un estadio.

Es aquí donde el decreto manipula el precedente. Citar la sentencia no es suficiente; la nueva norma debe cumplir con los mismos estándares de precisión que la Corte exigió. Al no hacerlo, usa el nombre de la Corte para justificar algo que la propia Corte habría cuestionado.

La Trampa de la Ambigüedad: Un «Cheque en Blanco» para la Autoridad

El mayor peligro del decreto no está en lo que prohíbe explícitamente («narcocorridos», «corridos bélicos» ), sino en lo que deja abierto. La fracción VI del artículo primero prohíbe «cualquier otro que glorifique o promueva actos ilícitos«. Esta frase es un cheque en blanco entregado a la Secretaría de Gobierno y a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

¿Qué significa «glorificar»? ¿Quién lo decide y con qué criterio? La propia SCJN, en la sentencia que el gobierno cita, invalidó frases como «palabras obscenas u ofensivas» precisamente por ser vagas y prestarse a una aplicación arbitraria. El decreto de Querétaro ignora esta parte fundamental del fallo y comete el mismo error, creando una herramienta de censura potencial que podría usarse contra cualquier expresión artística que una autoridad considere «inconveniente».

Una Solución de Escenario para un Problema Real

Más allá del debate legal, la medida es, en la práctica, un gesto efectista con poca efectividad real. Prohibir la música en ferias o conciertos no hace nada para detener su consumo masivo en plataformas digitales, que es donde realmente se forja la influencia cultural.

El decreto ataca el síntoma —la canción— en lugar de la enfermedad: las condiciones de desigualdad, falta de oportunidades y fallas en el sistema de justicia que hacen del crimen una opción y de los criminales, ídolos a los que se les canta. Mientras el Estado no ofrezca alternativas viables, prohibir la crónica musical de esa realidad es como intentar tapar el sol con un dedo.

Y esta desconexión con la realidad se vuelve cuestionable cuando la contrastamos con los hechos. Recordemos la masacre de «Los Cantaritos», una herida abierta en pleno Centro Histórico de la capital. Este hecho sangriento no ocurrió por falta de presupuesto; sucedió después de que el gobierno anunciara con bombo y platillo cuestionadas inversiones millonarias en edificios, tecnología, lectores de placas y cámaras de vigilancia. El fracaso fue absoluto: ni toda la tecnología del mundo pudo prevenir una matanza en el corazón de la ciudad.

Surgen entonces las preguntas inevitables: ¿Acaso la violencia en «Los Cantaritos» se desató porque escuchaban narcocorridos? ¿O es este decreto una cortina de humo para culpar a la cultura de las víctimas en lugar de asumir la inoperancia de un sistema de seguridad? Frente a una masacre real, producto de una deficiencia tangible en la estrategia de seguridad, ¿la respuesta del Estado es la censura musical?

Prohibir no es gobernar; es un acto de autoridad que revela impotencia. En lugar de enfrentar la complejidad del fenómeno delictivo, el gobierno opta por el camino fácil y oportunista de la censura. Es más sencillo y mediático cancelar un concierto que construir una estrategia de seguridad integral.

Las verdaderas temáticas que deberían ocupar la agenda no son las listas de canciones, sino la prevención efectiva del delito, la creación de grupos interdisciplinarios de seguridad que ofrezcan atención inmediata a las víctimas y el fortalecimiento de la inteligencia policial. Mientras el gobierno presume reuniones de alto nivel con agencias como la DEA o el FBI, los resultados de esa cooperación no se traducen en mayor seguridad para el ciudadano de a pie, que sigue expuesto a la violencia. La censura se convierte así en un distractor, un espectáculo para hacer creer que se actúa, cuando en realidad se están evadiendo las responsabilidades fundamentales.

En conclusión, aunque el objetivo de un Querétaro sin violencia es incuestionable, el camino elegido es profundamente equivocado y antidemocrático. El decreto es un acto de oportunismo político que utiliza un artilugio legal para implementar una medida autoritaria. Es una cortina de humo que busca desviar la atención de fracasos de seguridad tangibles, optando por la censura fácil en lugar del trabajo difícil de gobernar. La paz no se construye prohibiendo estrofas, sino con estrategias de prevención, inteligencia policial efectiva y oportunidades reales. Lo demás no es una política de seguridad, es simplemente apagar la música para no escuchar el ruido de los propios fracasos.

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